La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), en la primera semana de agosto del presente año, llevó a cabo el aseguramiento precautorio de 12 kilogramos de carne de venado y el vehículo donde se trasladaba el producto, en la carretera La Paz-Todos Santos, Municipio de La Paz, B.C.S. por no acreditarse su legal procedencia conforme lo establece la Ley General de Vida Silvestre (LGVS) y su Reglamento.
En atención a denuncia ciudadana que alertó sobre el transporte de carne de venado, se revisó un vehículo Pick Up que coincidía con las características del reportado en la denuncia, en el kilómetro 28+700 de la carretera la Paz-Todos Santos, conteniendo en la zona de carga del vehículo una hielera con carne de venado mezclada con carne de cerdo. En el vehículo se encontraron también indicios como sangre y pelaje de venado.
En la denuncia ciudadana se hizo referencia a la cacería de un ejemplar de venado lo cual fue publicado a través de Facebook, y que al día siguiente la carne sería trasladada a temprana hora a la población de Todos Santos para su comercialización.
Con base en los artículos 117 y 119 de la LGVS, se aseguraron los 12 kilos de carne de venado consistentes en 2 extremidades anteriores, 2 extremidades posteriores, un trozo de espinazo, así como el vehículo tipo pick-up, color blanco, con placas de circulación ZNA-41-89, donde se transportaba el producto.
En México solo las subespecies de venado Odocoileus hemionus cerrosensis y Odocoileus hemionus sheldoni, que se distribuyen en Isla Cedros e Isla Tiburón, respectivamente, se encuentran enlistados en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010 con categoría de en Peligro (P) la primera y Amenazada (A) la segunda.
La LGVS establece que se requiere autorización expedida por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para el aprovechamiento extractivo de la fauna silvestre, y para la posesión de sus ejemplares, partes o derivados requiere acreditarse su legal procedencia, de conformidad con el artículo 51 de dicho ordenamiento y 53 de su Reglamento.
El calendario y épocas hábiles para el aprovechamiento extractivo a través de la caza deportiva para la temporada 2016-2017 establecidos por la SEMARNAT, para la especie Venado bura (Odocoileus hemionus) en el estado de Baja California Sur, inicia el segundo viernes de diciembre de 2016 y termina el segundo domingo de marzo de 2017.
La posesión de ejemplares, partes o derivados de la fauna silvestre sin contar con los medios para demostrar su legal procedencia, se sanciona con decomiso de los ejemplares, partes o derivados de la vida silvestre y multa por el equivalente de 50 a 50000 veces el salario mínimo general diario vigente para el distrito federal al momento de cometerse la infracción.